Inicio / Blog / Daños por Muerte por Negligencia en Arizona: ¿Cuánto Puede Recuperar Su Familia Tras una Pérdida Trágica?

Daños por Muerte por Negligencia en Arizona: ¿Cuánto Puede Recuperar Su Familia Tras una Pérdida Trágica?

La ley de muerte por negligencia de Arizona (A.R.S. §§ 12-611 hasta 12-613) otorga a los familiares sobrevivientes el derecho de presentar una demanda civil contra la parte responsable de la muerte de su ser querido, sin importar si alguna vez se presentan cargos penales. El caso civil se sostiene por completo por sí solo.

Quién puede presentar la demanda

Bajo A.R.S. § 12-612, el cónyuge sobreviviente, los hijos (incluidos los hijos adultos), los padres o un representante personal del patrimonio pueden presentar un reclamo por muerte por negligencia. Arizona exige que todos los sobrevivientes elegibles presenten una sola demanda unificada en lugar de presentarlas por separado. Los daños luego se reparten entre ellos según la pérdida individual de cada persona.

Qué incluyen los daños económicos

Los daños económicos cubren las pérdidas financieras medibles: lo que el fallecido habría ganado durante el resto de su vida laboral, incluidos los aumentos proyectados y el avance profesional; las contribuciones financieras regulares que aportaba al hogar; las facturas médicas incurridas antes de la muerte; los costos de funeral y entierro; y el valor de los servicios que prestaba —cuidado de los hijos, mantenimiento del hogar y contribuciones similares que ahora deben reemplazarse o quedan sin hacer.

Daños no económicos

Un cónyuge sobreviviente puede recuperar por la pérdida de amor, afecto y compañía conyugal. Los hijos pueden recuperar por la pérdida del cuidado y la orientación parental que no recibirán. Cada miembro de la familia puede recuperar por el dolor, la angustia y la pérdida de la relación en sí. Arizona no impone un límite a los daños no económicos en la mayoría de los casos de muerte por negligencia, lo que significa que las pérdidas graves pueden dar lugar a reclamos considerables.

Daños punitivos

En casos que involucran una conducta particularmente imprudente —un conductor ebrio, una empresa que ignoró a sabiendas un peligro mortal— los tribunales de Arizona pueden otorgar daños punitivos además de los daños compensatorios. Estos no tienen como objetivo compensar a la familia; castigan al responsable y disuaden conductas similares. Cuando los hechos los respaldan, pueden cambiar significativamente la recuperación total.

Qué determina el valor de un reclamo

La edad, la salud y el potencial de ingresos del fallecido importan: una persona más joven con dependientes y una carrera por delante normalmente produce un cálculo de daños económicos mayor. El número y las edades de los dependientes sobrevivientes afecta los daños no económicos. La solidez de la evidencia que establece la culpa, si aplica la negligencia comparativa (más sobre eso en nuestro artículo sobre la ley de negligencia comparativa de Arizona), y los límites del seguro del demandado influyen en lo que realmente se puede recuperar.

El plazo para presentar

La mayoría de los reclamos por muerte por negligencia en Arizona deben presentarse dentro de los dos años a partir de la fecha de la muerte (A.R.S. § 12-542). Si hay una entidad gubernamental involucrada —un vehículo municipal, un hospital público— el plazo puede ser de tan solo 180 días para presentar una Notificación de Reclamo (Notice of Claim). Perder cualquiera de los plazos casi siempre significa perder el derecho a la compensación. Consulte nuestra guía sobre el plazo de prescripción en Arizona para más detalles sobre las excepciones.

Sher Law Group maneja casos de muerte por negligencia en todo Phoenix y Scottsdale con honorarios de contingencia. Sin honorarios a menos que ganemos. Llame al (480) 418-SHER (7437) o comuníquese en línea para una consulta gratuita.